¿En qué consiste?

Primero hay que entender qué es una comunidad o condominio. Pues bien, eso ocurre cuando un bien o derecho es compartido entre varias personas.

Además, en esta se asignan cuotas de propiedad a cada uno de ellos. Si ese bien en cuestión es una propiedad, se llama copropiedad o condominio, aunque a menudo la gente usa los tres términos como sinónimos.

Entonces, una vez que tenemos claro qué es una comunidad, hablemos de la extinción de condominio o disolución de condominio. Básicamente, es cuando se acaba la situación en la que varias personas comparten la propiedad de un bien.

A veces escuchas otras palabras como proindiviso, copropiedad o comunidad de bienes, pero todas se refieren a lo mismo.

Tipos de Extinción de Condominio

  • Extinción de condominio por mutuo acuerdo

    Cuando todos están de acuerdo, cancelar el condominio es pan comido: uno puede comprar las partes de los otros o el que quiere salir puede recibir una compensación. También se puede vender la propiedad y dividir la plata entre los dueños según lo que les corresponda.

    Antes de hacerlo, eso sí, los dueños tienen que valorar el bien y ponerse de acuerdo sobre cómo hacerlo. Después, pueden ir a una notaría y hacer una escritura para formalizar todo, pagando los impuestos necesarios. Si la propiedad es la casa de una pareja que se está divorciando, el acuerdo también debe estar en el convenio regulador, y si se aprueba por la justicia, ese acuerdo y la sentencia se convierten en la escritura de cancelación del condominio.

  • Extinción de condominio por vía judicial

    Si no hay acuerdo, la única opción es ir a la corte y presentar una demanda para dividir la propiedad. La corte decidirá si cada uno recibe su parte o si se vende y se divide la plata. No hay un procedimiento específico en la ley para esto, pero generalmente se hace una subasta pública para vender la propiedad.

Documentación necesaria

  • Títulos de propiedad de los bienes objeto de la disolución de la comunidad.

  • D.N.I de los copropietarios, Si interviene alguna sociedad, los poderes o nombramiento de administradores vigentes.

  • En las fincas urbanas, certificado de la comunidad de propietarios de que se encuentra al corriente en el pago de los gastos de la comunidad.

  • Referencias catastrales de los bienes ( último recibo del IBI)

  • Si están o no arrendados.

  • Valor que se asigna a cada bien.

  • Cómo se adjudican los bienes a los copropietarios.

  • Cómo se pagan los gastos de la operación: Notaría, Plus Valía municipal ( si se trata de fincas urbanas).

¿En qué situaciones se puede utilizar este servicio?

Las causas de extinción del condominio están establecidas en el Código civil en sus artículos 395 a 406.

También se debe tener en cuenta la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el caso de que la división de bienes deba realizarse mediante subasta judicial.

Las causas de extinción de condominio son, en principio, las mismas que para la extinción del dominio, como abandono, destrucción o usurpación , entre otras.

Sin embargo, por las condiciones del condominio, el Código Civil establece algunas causales específicas:

  • Renuncia de los derechos de los copropietarios en favor de uno de ellos.

  • Venta del bien a un tercero y distribución del resultante entre los participantes de la comunidad.

  • División de cosa común. Cualquier copropietario tiene derecho a solicitar la división de bienes. Es un procedimiento judicial, el inicio de la división de un bien común declara la extinción del condominio. El resultado puede ser la división material, constituyendo una propiedad horizontal, o económica si el bien es indivisible. En este caso, uno de los propietarios mantiene la titularidad y los demás reciben una indemnización según sus cuotas. También puede llegarse a la división por subasta, si no hay acuerdo entre las partes.

La causa más común de extinción de condominio es la voluntad de los propietarios de no continuar formando parte de esta comunidad. Sin embargo, como hemos podido ver no es la única.